El arrendamiento puro ofrece el uso y goce de un activo sin tener la propiedad. El pago mensual, servicios, seguro de daños y cualquier costo relacionado es deducible como un gasto (dentro de los límites establecidos en la LISR).
Las rentas mensuales suelen ser menores que en un arrendamiento financiero o un crédito y, al finalizar, el activo se puede devolver o adquirir a un valor residual de mercado.
Igual que el arrendamiento puro, la propiedad del activo es de un tercero, sin embargo, el activo se deduce por medio de la depreciación de acuerdo con la LISR. Únicamente los intereses provenientes del arrendamiento son deducibles como un gasto.
Al final del plazo se tiene que pagar un valor residual pactado para adquirir el activo, que regularmente suele ser menor al valor de mercado del activo.
El crédito es la obtención de un financiamiento para un fin determinado el cual puede ser la compra de un activo. El crédito puede estar garantizado por dicho activo, sin embargo, la propiedad del bien es de la empresa o persona que lo adquiere. El Activo se deprecia conforme la regulación vigente y el pasivo es registrado como una deuda por pagar, deduciendo los intereses reales provenientes del financiamiento.